Recensión

La baja como causa de finalización de la relación societaria entre la persona socia y la sociedad cooperativa

Autor: Francisco Javier Arrieta Idiakez

Dykinson, Madrid, 2019

doi: http://dx.doi.org/10.18543/baidc-55-2019pp257-259

La obra realizada por el profesor Francisco Javier Arrieta Idiakez, profesor titular de Derecho del Trabajo y de Seguridad Social de la Universidad de Deusto, bajo el título «La baja como causa de finalización de la relación societaria entre la persona socia y la sociedad cooperativa», publicada en septiembre de 2019 por la editorial Dykinson, es fruto de un profundo trabajo de estudio y análisis de las diecisiete leyes cooperativas vigentes en España en materia de baja del socio cooperativista.

Sin duda, la labor que el autor también desarrolla como árbitro del Servicio Vasco de Arbitraje Cooperativo (BITARTU) impregna la obra de matices técnicos de gran relevancia para el operador jurídico. No en vano, junto al amplio aparato bibliográfico y jurisprudencial que tiene en consideración, son abundantes los laudos de dicha institución que son citados y comentados al hilo de la exposición de cada una de las cuestiones relacionadas con la materia objeto de estudio que el autor va desgranando con detalle.

En ese sentido, la obra presenta una estructura bien definida y lógica que permite al lector adentrarse con facilidad en la materia tratada a pesar de la dificultad de esta. En concreto, la obra consta de cinco capítulos. Tras una breve introducción, se analizan los tipos de baja, voluntaria, obligatoria y disciplinaria por expulsión; las calificaciones de las bajas; los efectos económicos de las mismas, conforme al régimen general y a los regímenes particulares existentes en función de las clases de cooperativas; y, finalmente, la prestación por desempleo y por cese de actividad como consecuencia de la baja de las personas socias de la cooperativa.

El autor orienta su trabajo al estudio de cómo se plasma en las distintas normas existentes sobre la materia, así como en su concreta aplicación, la tensión que produce una baja entre la defensa del interés propio de la cooperativa, como clara manifestación del mutualismo inherente a la misma, y el interés de cada socio que causa baja. Además, todo ello lo vincula al principio de conservación del negocio jurídico para llegar a conocer si existen mecanismos que lo hagan posible en el ámbito del Derecho cooperativo. Y en el caso de que existan, poder saber qué margen de actuación conceden a la baja voluntaria del socio como manifestación negativa del principio de puerta abierta. Qué condiciones posibilitan la baja voluntaria del socio, según los distintos tipos de cooperativas.

Ciertamente, como apunta el autor en la Introducción del libro, «es evidente que los socios que pierden los requisitos para serlo perjudican a la doble idea de sociedad y de cooperativa, por alejarse de su esencia, de los rasgos que la caracterizan. Y aun así, teniendo en cuenta que la baja puede darse por circunstancias no imputables al socio, y, por ende, ser calificada como justificada, con frecuencia, se aboga por su conversión en colaboradores o cooperadores de la cooperativa o por la posibilidad de que pasen a ser personas en situación de inactividad, socios excedentes e incluso personas inversoras de la cooperativa. También va en la misma línea la posibilidad que se brinda a los herederos del socio fallecido para que lo sucedan en la cooperativa, frente a la ruptura y perjuicio que supone para la cooperativa el reembolso de sus aportaciones al capital, una vez practicada la liquidación que corresponda. De ahí el interés de estudiar todas estas figuras».

En cambio, como también matiza el autor, «las bajas obligatorias que se producen por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o fuerza mayor, obedecen no a la pérdida de requisitos o capacidad por parte del socio sino a la pérdida de la propia cooperativa para dar satisfacción a las necesidades de todos sus socios». Por consiguiente, en estos supuestos, se produce también la necesidad de ofrecer ciertas garantías a los socios que causarán baja. En consecuencia, el autor aborda la definición de tales causas, la prueba de su existencia, así como el estudio de la persona que debe constatarlas, la posibilidad de impugnación de la baja y el procedimiento a seguir.

Por su parte, las bajas disciplinarias por expulsión también son analizadas desde el prisma de la separación de la cooperativa de aquellos socios que perjudican su correcta actividad. Como indica el autor «estas bajas no dejan de ser un caso de baja obligatoria disciplinaria por decisión del Consejo Rector, y reveladora de la desvalorización de la conducta del socio para con el resto de socios y la propia cooperativa».

Una vez tratados los tipos de baja, el autor se detiene en el análisis de las calificaciones de esta, como justificada o injustificada, para atender, a continuación, a sus efectos económicos. Así, se identifican al detalle los motivos que dan lugar a la calificación de baja justificada o injustificada. Y en cuanto a los efectos económicos de las mismas, cabe destacar los de las bajas injustificadas por los perjuicios que suponen para las personas que dejan de ser socias, descuentos y deducciones en las aportaciones a devolver, indemnizaciones por daños y perjuicios a la cooperativa…

También dedica un tratamiento específico al derecho al reembolso del socio que causa baja, así como a la posible repartibilidad de los fondos de reserva voluntarios.

Por último, debe destacarse el original estudio realizado sobre el acceso de los socios que causen baja en la cooperativa a las prestaciones por desempleo o por cese de actividad que contempla el Sistema de Seguridad Social. Además, se presta especial atención a la capitalización de estas prestaciones como medida para ayudar a afrontar las transiciones a lo largo de la vida laboral de los socios cooperativistas.

Alejandro Martínez Charterina

Catedrático emérito de la Universidad de Deusto

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