Boletín de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo

International Association of Cooperative Law Journal

ISSN: 1134-993X

ISSN-e: 2386-4893

DOI: https://doi.org/10.18543/baidc

No.62 (2023)

DOI: https://doi.org/10.18543/baidc622023

ARTÍCULOS

Análisis del sabotaje de la Economía Social y de las cooperativas de ahorro y crédito en Ecuador

(Analysis of the sabotage of the Social Economy and savings and credit cooperatives in Ecuador)

Arturo Luque González [1]

Universidad Técnica de Manabí (Ecuador)

Vanessa Estefanía Merino Chiliquinga [2]

Universidad Técnica de Manabí (Ecuador)

María del Carmen Aldas Vargas [3]

Universidad Técnica de Manabí (Ecuador)

https://doi.org/10.18543/baidc.2604

Recibido: 17.11.2022

Aceptado: 02.05.2023

Fecha de publicación en línea: julio 2023

Resumen

Ecuador a lo largo de la historia ha realizado grandes esfuerzos a través de procesos de economía social y solidaria —ESOL—. Muchos de estos procesos se han desplegado de manera informal a través de prácticas económicas no monetarias, y otros más formales a partir de la conceptualización y desarrollo de programas de economía popular y solidaria —EPS— afianzados en su nueva Constitución en el año 2008. A partir del año 2017 con el gobierno de Lenin Moreno se estableció una regresión en las políticas públicas y sociales llegando a su cúspide con el gobierno del banquero Guillermo Lasso a partir del año 2021. Es en ese momento cuando se despliegan todo tipo de medidas contra organizaciones que pudieran comprometer las cuentas de resultados de las estructuras económicas y oligarquías afines al gobierno entorpeciendo con ello procesos abiertamente democráticos como son las cooperativas de ahorro y crédito. Con ello se evidencia la falta de ética junto a la mala fe a la hora de no atender las necesidades de un sector que siempre ha sostenido y potenciado el flujo circulante de bienes y servicios a través de accionar local utilizando todo tipo de mecanismos priorizando la maximización del beneficio por encima del beneficio social.

Palabras clave

Cooperativas de ahorro y crédito, Ecuador, Guillermo Lasso, corrupción, falta de ética, gobierno neoliberal.

Abstract

Ecuador throughout history has made great efforts through processes of social and solidarity economy —ESOL—. Many of these processes have been deployed informally through non-monetary economic practices, and others more formally from the conceptualization and development of popular and solidarity economy programs —EPS— entrenched in its new Constitution in 2008. As of 2017, with the government of Lenin Moreno, a regression in public and social policies was established, reaching its peak with the government of banker Guillermo Lasso as of 2021. It is at that time that all kinds of measures are deployed against organizations that could compromise the results accounts of the economic structures and oligarchies related to the government, thus hindering openly democratic processes such as savings and credit cooperatives. This shows the lack of ethics together with the bad faith when it comes to not meeting the needs of a sector that has always sustained and promoted the circulating flow of goods and services through local action using all kinds of mechanisms prioritizing maximization. of profit over social benefit.

Keywords

Savings and credit cooperatives, Ecuador, Guillermo Lasso, corruption, lack of ethics, neoliberal government.

1. Introducción

El sistema financiero es fundamental a la hora de asignar recursos a la economía de un país. Cuando gobiernos e instituciones financieras dependientes generan incertidumbre, falta de legislación o atienden a intereses particulares, se generan procesos de falta de responsabilidad, corrupción, desigualdad, inequidad y/o exclusión, circunstancias de consecuencias en muchos casos impredecibles (Gledhill, 2017). Estas circunstancias ejemplifican la manera de legislar, tanto por acción o por omisión, en favor de un tercero. El buen funcionamiento del sector cooperativo de ahorro y crédito es esencial al incorporar al sistema financiero grupos que históricamente han estado excluidos dinamizando la economía a nivel local que es donde grandes entidades financieras tienen menos penetración y en ocasiones menor interés. En el año de 1879 nace la primera caja de ahorro en Ecuador impulsada por la Sociedad de Artesanos Amantes del Progreso quienes buscaban la mejora de sus miembros (Morales, 2018). Era un modelo de organizaciones gremiales cuya única finalidad consistía en conseguir el bienestar de sus miembros a través de la unión de la fuerza laboral ante todo tipo de adversidades, a partir de ahí creció otorgando créditos a sus miembros y a sus familiares. Ya en 1910 se multiplicaron las organizaciones el sector cooperativo de gremios y trabajadores, estableciendo elementos esenciales de unidad y reclamación de necesidades comunes (Banco Central del Ecuador, 2022). En 1927 se registra la primera cooperativa de ahorro y crédito en Ecuador. Junto a ello se estableció la primera Ley de Cooperativas en Ecuador como intervención del Estado en 1937 estableciéndose a la Caja de Ahorro y Cooperativa de Préstamos de la Federación Obrera de Chimborazo como la primera organización financiera en 1927. En el año 1959 existían 61cooperativas, multiplicándose a gran velocidad desde entonces y en 1969 el número ascendió el número hasta 480 (Luque & Peñaherrera, 2021). No fue hasta los años 1960 cuando cobró en Ecuador verdadera importancia. De hecho, recibieron apoyo económico y técnico de la Agencia Internacional para el Desarrollo del Banco Mundial y de la Asociación Nacional de Uniones de Crédito (CUNA), motivando la creación de la Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito —FECOAC— en el año 1963. Las Cooperativas de ahorro y crédito
—COAC’s— es ahí cuando empezaron a desplegarse de manera efectiva sin perder de vista sus orígenes: su limitación geográfica y su basto conocimiento del tejido socioeconómico de carácter local. Esa dispersión también administrativa se organizó a partir del año 2012 con la creación de la Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria —SEPS—. Esta institución organizó y supervisó toda la información de las COAC’s que con anterioridad estaba distribuida entre la Superintendencia de Bancos y el Ministerio de Inclusión Económica y Social, llegando a formar parte de la misma cerca de 1.000 organizaciones entre los años 2012 y 2013. Con ello se confirma que en América Latina, los procesos de ESS han contribuido decididamente a los procesos de desarrollo (Pianovi, 2012). Circunstancia que no se produce por casualidad, sino que se tienen presentes las diferentes formas de organización y su interrelación con otro tipo de procesos económicos (Da Ros, 2007; Luque, 2022).

Con esta finalidad se pretende 1. analizar los efectos de las políticas públicas en el sector de las cooperativas de ahorro y crédito, a partir del año 2017 dedicando especial interés al gobierno de Guillermo Lasso a partir del año 2021, 2. establecer una taxonomía de incoherencias a partir de la motivación cronológica de la normativa de las COAC’s actual teniendo presente el cambio sistémico emparejado a cada cambio de gobierno atendiendo a sus intereses corporativos, 3. elaborar la concentración del mercado a partir del Índice de Herfindahl Hirschman como elemento predictor del mercado y 4. examinar de manera crítica y propositiva el impacto y las consecuencias reales no escritas derivadas de las políticas públicas establecidas desde el Palacio de Gobierno de Carondelet incompatibles con el sector de la economía social del cual depende buena parte de la ciudadanía en Ecuador.

2. Marco teórico

La inestabilidad política en Ecuador entre los años 1996 y 2006, marcaron el tránsito de siete presidentes de gobierno profundizando con ello sus crisis políticas, financieras y sociales. A partir de ahí, la incertidumbre política y la recesión económica ocurrida finales del siglo xx trajeron consigo un éxodo masivo de ecuatorianos en busca de la tierra prometida europea (Jokisch, 2001). En este periodo, más de la mitad de los bancos privados habían quebrado, y el 9 de enero del 2000 bajo la presidencia del presidente Jamil Mahuad se decretó la dolarización, lo que representó el canje de todos los depósitos donde 25.000 sucres equivalían al cambio un dólar. Muchas familias lo perdieron todo y acabaron en el abismo, inclusive suicidándose. Este aspecto, trajo consigo una pérdida de valor de los depósitos realizados por los ciudadanos (Oleas, 2016). Ese escenario desencadeno la pérdida de confianza de buena parte de la ciudadanía en la banca privada y el Estado. La crisis económica conformó un desplazamiento de muchos ahorradores del sector bancario hacia las cooperativas de ahorro y crédito. Tales fueron las repercusiones a favor del sector financiero cooperativo que durante 1998 y 2006 los depósitos a plazo fijo se incrementaron en un 58,48% en promedio anual (Miño, 2013). Después de esta década, Ecuador apostó por un gobierno que ofrecía el impulso de una economía más democrática a partir de políticas de economía popular y solidaria (Luque, Guamán & Popescu, 2022). Una sociedad donde el ser humano estuviera por encima de los intereses materiales atendiendo a una coexistencia pacífica de actores y entorno natural.

Es en ese contexto de reclamo de un estado del bienestar y una cobertura de un mayor respeto ambiental cuando se aprueba en el año 2008 una nueva Constitución. Esta se sustenta bajo la visión ancestral de los pueblos andinos comprometiendo al Estado y a la sociedad en general a la búsqueda del Sumak Kawsay [4] y al cuidado de la naturaleza (Ramos, 2012). El artículo 283 de la Constitución de la República del Ecuador, (2008), determina el sistema económico, así como sus políticas indicando que «el sistema económico es social y solidario; reconoce al ser humano como sujeto y fin; propende una relación dinámica y equilibrada entre sociedad, Estado y mercado, en armonía con la naturaleza; y tiene por objetivo garantizar la producción y reproducción de las condiciones materiales e inmateriales que posibiliten el buen vivir [...]», con ello se superan los conceptos de economía de mercado y economía social de mercado planteados en la constituyente de 1978 y 1998 (Naranjo, 2016, p. 145).

El artículo 280 de la Constitución de la República del Ecuador establece que el Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento en el que se vehiculan las políticas, programas y proyectos públicos; determinando que su observancia es de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores. Con el fin de dar cumplimiento con esta disposición la Secretaria Nacional del Plan de Desarrollo (Senplades) el 05 de noviembre de 2009 aprobó el Plan Nacional para el Buen Vivir 2009-2013, más tarde 2013-2017 y con posterioridad el «Plan Nacional para el Buen Vivir 2017-2021. Planificamos para toda una vida» (Senplades, 2017). Con ello se evidenció la apuesta decidia de los procesos de EPS. De hecho, con anterioridad a la promulgación de la Ley Orgánica de EPS, ya existían datos muy relevantes proporcionados por el Ministerio de Inclusión Económica en los cuales se señala que «en el año 2009 se generaron 6.499.262 empleos a nivel nacional. La Economía Popular genero el 64% del total nacional, la economía empresarial el 29% y la economía publica el 7%» (Conafips, 2012, pág. 23).

La inestabilidad resuelta entre los años 2007-2017 se empezó a desvanecer. Primero con el gobierno neoliberal de Lenín Moreno y su falta de políticas públicas. Destaca la mal llamada Ley Humanitaria la cual estableció el despido libre de facto prácticamente sin indemnización, y a partir del año 2021 con el gobierno del banquero Guillermo Lasso. Desde entonces cada centavo invertido en políticas sociales es tildado de gasto a pesar de la profunda crisis social que sufre el país. En Ecuador la pobreza por ingresos a nivel nacional en el año 2021 se ubicó en el 27,7%, la urbana es de 20,8%, y en el área rural asciende hasta el 42,4%. La pobreza extrema a nivel nacional se extiende hasta el 10,5%, en el área urbana es del 5,9% y en el área rural asciende al 20,3%. El índice de Gini, se ubica a finales del año 2021 en 0,474 a nivel nacional, 0,466 en el área urbana, y 0,426 en el área rural (Instituto Nacional de Estadística y Censos —INEC—, 2022). La deuda pública se acerca al 63% del Producto Interno Bruto (unos US$63.000 millones) y el déficit fiscal supera el 7%. El país se enfrenta al gran reto de financiar un alto nivel de gasto público. Para ello nada mejor que el desmontaje de cualquier proceso que atente contra la cuenta de resultados del sector bancario siguiendo el dictado las políticas del Fondo Monetario Internacional para lo que ya han adelantado US$4.500 millones. Tales circunstancias ya provocaron un levantamiento popular indígena en octubre del año 2019 y otro en junio del 2022. A partir del gobierno de Lasso se intensifican las políticas que ponen en tela de juicio cualquier tipo de conquista social. El 24 de septiembre del año 2021, presentó la Ley Orgánica de Creación de Oportunidades, Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal. El documento contenía 335 artículos y 20 disposiciones en materia laboral, económica y tributaria. Uno de ellos es el art. 70 el cual plantea 13 causales para despedir a trabajadores sin trámites ni formalidades previas. Con ello el programa de gobierno lo apostó todo a las denominadas «leyes trole» desplegadas en los años 90, las cuales tenían como finalidad eliminar de manera inmediata todo tipo de regulación pública. A partir de ahí se establece la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal (2021), estableciendo la reemisión y amnistía tributaria para capitales que se encuentran en el exterior los cuales no han declarado ni pagado impuestos, es decir, una amnistía estableciendo la identidad de los sujetos pasivos como privada; se crean nuevas exoneraciones a los impuestos a la herencia y se normaliza la posibilidad de remisiones permanentes de impuestos mediante procesos de mediación y arbitraje

2.1. El sector cooperativo

De acuerdo con la Alianza Cooperativa Internacional (2022), los miembros de las cooperativas representan al menos el 12 % de la población mundial en alguna de las más de 3 millones de cooperativas generando unos ingresos aproximados de 2,14 billones de dólares, además de contribuir notablemente a generar puestos de empleo resilientes (CICOPA, 2014). De igual modo, la tradición cooperativa en Ecuador es amplia. De hecho, se remonta a épocas precoloniales dejando patente que su implantación y despliegue para su población era independiente del Estado. En un principio se desarrollaron acciones de economía social a partir de la informalidad utilizando procesos conocidos como minga o minka, ranti-ranti o presta manos, chucchir, la p’aina, trueque, uyanza, la uniguilla o el prestamanos (Luque,
Bengoetxea & Ordoñez, 2021). De hecho, buena parte de los procesos de ESS se conectan con prácticas milenarias de economía ancestral indígena (Jiménez, 2016). En la actualidad, elementos que están hoy en día reconocidos de manera explícita como señala la Ley de Cooperativas, (2001), al indicar que «son cooperativas las sociedades de derecho privado, formadas por personas naturales o jurídicas que, sin perseguir finalidades de lucro, tienen por objeto planificar y realizar actividades o trabajos de beneficio social o colectivo, a través de una empresa manejada en común y formada con la aportación económica, intelectual y moral de sus miembros». Circunstancia que se recoge de manera más amplia a partir de la nueva Constitución de la República del Ecuador, (2008), señalando que la economía popular y solidaria (EPS) comprende el sector cooperativista, asociativo y comunitario. Las diferentes formas de vida económica en Ecuador han coexistido pese a la dificultad económica y laboral existente. Para Miño, (2013), la historia del cooperativismo se divide en cinco etapas concentradas en el último siglo, 1. creación inicial (1900-1936), 2. intervencionismo por parte del Estado (1937-1963), 3. despegue y gran acogida (1964-1988), 4. neoliberal (1989 y 2006) y 5. contemporánea (2007-2012). Partiendo de esa premisa, se puede incluir una sexta asentada en los procesos de globalización y especulación (2013-actualidad). Un lugar donde al menos uno de los tres factores de producción como son tierra, trabajo y capital, ha quedado sustituido por tierra, especulación y trabajo. Un lugar donde buena parte del método científico no puede ser reproducible en similares condiciones, es decir. La acumulación a partir de elementos exógenos que atienden a intereses particulares y convierten a buena parte del sistema financiero en una economía de casino atendiendo a voluntariedades humanas [5].

De acuerdo con la Tabla 1, Evolución Normativa, se muestran los cambios en la legislación referente al sector Financiero Popular y Solidario en Ecuador a través de los tres últimos presidentes de gobierno.

Tabla 1

Evolución Normativa

Gobierno/
Normativa

Rafael Correa

Lenín Moreno

Guillermo Lasso

Código Orgánico Monetario y Financiero (COMF)

Registro oficial del suplemento 332 en fecha 12/9/2014 se crea el COMF como instrumento legal e incluye al sector financiero popular y solidario, establece el tratamiento para las instituciones financieras incluidas las de la EPS a quienes trata con diferenciación porcentual en referencia al cumplimiento de indicadores financieros.

Ley Orgánica para la restructuración de las deudas de la banca pública, banca cerrada y gestión del sistema financiero nacional y régimen de valores promulgada el 18 de abril de 2017.

Ley Orgánica para la reactivación de la economía, fortalecimiento de la dolarización y modernización de la gestión financiera promulgada el 19 de diciembre de 2017

Los cambios en el COMF refieren al art. 7 a la conformación de la Junta, en la cual no incluye a algún representante del sector de la FPS. Además, reforma la LOEPS, el art. 26 sobre las cooperativas de vivienda, en donde colocan limites de tiempo para legalizar los predios, en el caso de no hacerlo la cooperativa se extingue.

— Ley Orgánica para el fomento productivo, atracción de inversiones, generación de empleo, y estabilidad y equilibrio fiscal. Promulgada el 21 de agosto de 2018 promueven la creación de un fondo de garantías para el fomento productivo de la EPS con fondo provenientes de las utilidades del banco de desarrollo, BanEcuador, Corporación Financiera Nacional y corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias; las reglas de funcionamiento serán definidas por la JPRMF.

Ley orgánica Reformatoria al código orgánico monetario y financiero para la defensa de la dolarización. Suplemento del Registro Oficial No. 443 en fecha 3/5/2021

Fuente: elaboración propia.

3. Metodología

El análisis de las políticas públicas, así como de la acción de un gobierno determinado es verdaderamente complejo (Del Brío & Junquera, 2003; Howlett, 2019). Máxime en un mundo global repleto de políticas internacionales y organismos supranacionales donde existen muchos elementos a valorar como pueden ser el cumplimiento de una ley de presupuestos o del programa electoral en curso a pesar de que en la mayoría de los casos no están desplegados en su totalidad durante la campaña electoral. También se puede tratar de medir el impacto de las políticas a través del índice de quejas a las mismas, demandas recibidas o simplemente a partir de la percepción de la corrupción en determinados procesos (Rose-Ackerman, 2008; Monzón, 2013). De igual modo se puede establecer un análisis del discurso en relación al cumplimiento del mismo o simplemente analizar datos de analfabetismo, pobreza, desempleo, precariedad, ventas de barriles de crudo, etc. Cabe destacar que las herramientas de un Estado son ilimitadas para cometer todo tipo de tropelías, y de hecho la corrupción y la falta de ética está concebida para no ser medible (Luque, 2018). Dilación de procesos, internacionalización de conflictos a sabiendas que, en el caso de Ecuador, pequeños cooperativistas o ciudadanía en general nunca van a poder asumir los costos de grandes arbitrajes internacionales, traducciones de demandas y pruebas, así como recibir asistencia letrada internacional no dejan de ser una quimera. Por otro lado, y como señala Sánchez Barrilao, (2004), el estado tiene la capacidad de legislar no legislando. En el presente estudio, el cambio de rumbo en las políticas públicas del presidente Guillermo Lasso en Ecuador a partir del año 2021 estableciendo un claro ataque a las políticas sociales además de regular el sector de la EPS desde el gobierno que él preside a pesar de ser uno de los máximos accionistas del Banco de Guayaquil, hacen pertinente el presente trabajo, así como su análisis fundamentado. Se opta por una metodología cualitativa de carácter analítico sintético en base a la descomposición de un problema con la finalidad de conocer por separado cada parte objeto de estudio (histórica, predictiva, normativa e inductiva) con el fin de ser este un camino válido para alcanzar los objetivos señalados (Echavarría, 2010). Todas estas circunstancias previas dieron lugar a los siguientes pasos:

    1. Establecer un amplio y exhaustivo análisis de la información existente con la finalidad de definir el objeto de estudio (Rodríguez & Valldeoriola, 2007). Para ello entre el 12/01/2022 y el 30/06/2022 se revisan publicaciones relativas sobre los procesos de EPS y economía social en Ecuador. Se realizan búsquedas las bibliotecas físicas como en la Universidad FLACSO e IAEN en Quito así como en repositorios universitarios, plataformas de acceso abierto como Open Research Europe, y bases de datos de reconocido prestigio tales como Scopus, Web of Science o Latindex. Para ello se utilizaron patrones de búsqueda booleanas a partir de cadenas como «EPS», «COAC’s Ecuador», «políticas públicas Ecuador», «Economía Ecuador», «Economía Guillermo Lasso», «políticas neoliberales Ecuador», «Instituto de Economía Popular y Solidaria», «Superintendencia de Bancos», «Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria», «economía social Ecuador», «Fondo Monetario Ecuador», «Banco Mundial Ecuador».
    2. Establecer un análisis cronológico sobre las políticas públicas relacionadas con los procesos de EPS en Ecuador (Benito Gil, 2017; Arguello & Molina, 2020).
    3. Realizar una comprensión teórica del fenómeno de las COAC’s en Ecuador, así como de su incidencia social con la finalidad de proceder a su interpretación desde un punto de vista sustantivo basado en la taxonomía de incoherencias existentes tanto a partir de la legislación existente, así como en las políticas públicas implementadas recientemente. Para ello se analizan orígenes que apuntalan los procesos de economía social a partir de prácticas económicas no monetarias (Dacheux y Goujon, 2011), junto a cifras y causales actuales.
    4. Calcular el Índice de Herfindahl Hirschman o IHH, medida utilizada en los trabajos empíricos de sectores económicos teniendo en cuenta todos los puntos de la curva de concentración, en este caso se aplica tanto a las COAC como a la BP con la finalidad de medir el grado de concentración en los mercados financieros ecuatorianos. Es decir, el número de organizaciones que operan en los mismos y su capacidad de poder o control en ellos (Rhoades, 1993). Su cálculo se realiza utilizando la siguiente fórmula:

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Donde s es la cuota de mercado expresada como un porcentaje de las COAC y BP enumeradas como i. Si el IHH es menor a 1.000 indica un mercado no concentrado. Si el índice IHH está entre 1.000 y 1.800 representa un mercado moderadamente concentrado y si los resultados muestran un IHH por encima de 1.800 indica un mercado altamente concentrado. El ámbito competencia-estabilidad de mercado en organizaciones cooperativas es crucial a pesar de no haberse profundizado lo suficiente al centrarse los análisis en la BP salvo en contadas excepciones (Hesse y Cih´ak, 2007; Liu et al., 2012; Fiordelisi y Mare, 2014). De ahí la necesidad de conocer la concentración del mercado como un predictor más a tener en cuenta en este caso a través del IHH (Anexo 1 y 2).

Avanzar algunas soluciones destinadas a enfrentar los desafíos planteados por parte del sector cooperativo en su mayoría basadas en los procesos de globalización, economía social transnacional, así como la existencia de una heterogeneidad y multiculturalidad de carácter local. Cabe tener en cuenta que las investigaciones no suelen representar una solución definitiva al problema abordado sino que, como ocurre en nuestro caso, suelen ser una aproximación parcial que genera nuevos interrogantes que se convierten en el germen de otras investigaciones (Dorio, Sabariego & Massot, 2009).

4. Análisis y resultados

Ecuador es un Estado de derecho, pero no para todos igual. De hecho, a pesar de existir todo tipo de indicios que pudieran cuestionarlo en la actualidad, sería completamente erróneo indicar que el estado es corrupto de manera sistemática puesto que de ser así cabe la necesidad de la existencia de su opuesto sistemático (Taussig, 1997, p. 23). A modo de ejemplo pruebas existen para evidenciar la falta de ética existente como las que señalan que el presidente Guillermo Lasso utilizó a la jurisdicción estadounidense para evadir impuestos y esconder activos (ICIJ, 2021; Elespectador, 2022). En cualquier caso, promover de manera sistémica regulaciones que excluyan del tablero democrático los procesos cooperativos configuran per se un acto de corrupción travestido de acción de gobierno, máxime si tienes a todo el poder judicial y a la maquinaria del Estado con viento a favor y sin chistar (Zaffaroni, 2022). A partir de las COAC analizadas en base al Índice de Herfindahl Hirschman, este asciende a 584,460 lo que implica la existencia de un mercado no concentrado. Destaca la presencia de Juventud Ecuatoriana Progresista LTDA con un 16,41% de activos mientras que en el año 2018 era de 20,24% evidenciándose un menor nivel de activos y por tanto un mercado con una menor concentración y por tanto más sano, mientras que la BP asciende a 1362,194 es decir, el sistema bancario tiene un mercado moderadamente concentrado. Destaca la presencia del Banco pichincha con un 26,24% cuando además en el año 2018 era del 26,02% de activos en el mercado, evidenciándose un porcentaje de activos mayor. Además, el nivel de activos del Banco de Guayaquil en el año 2018 era de 10,57% mientras que en el año 2022 era de un 12,39% evidenciando su mejora desde que uno de sus dueños, el presidente Lasso, está en la presidencia del gobierno.

En un avance en favor de la economía de mercado la aprobación de la «Ley de Defensa de la Dolarización», se orienta hacia la protección del negocio de la banca privada. El Banco Central del Ecuador con ello ha pasado de su independencia hasta el año 2021 a través de sus políticas públicas claras hacia un sistema financiero. Ningún banco central es autónomo, pero que el Estado otorgue su control a un sector como es el financiero voraz de beneficios es altamente anacrónico y peligroso violando además lo señalado en la Constitución. Entre sus medidas se elimina la posibilidad de otorgar créditos al sector público, Además La Junta de Política y Regulación Financiera establecerá el sistema de tasas de interés para las operaciones activas y pasivas. Además, se establece la necesidad de establecer una base mínima de capital a las cooperativas de ahorro y crédito dando un golpe definitivo a las organizaciones colectivas comunitarias ya que elimina de facto a las pequeñas cooperativas comunitarias, barriales y de pequeñas organizaciones agrícolas entre otras.

De acuerdo con Francisco & Bergoglio (2015, p. 73), «la tradición cristiana nunca reconoció como absoluto o intocable el derecho a la propiedad privada y subrayó la función social de cualquier forma de propiedad privada», de ahí la necesidad de explorar nuevos horizontes sociales partiendo desde la moralidad a la reglamentación social con la finalidad de eliminar desequilibrios de carácter vital. Los modelos económicos basados en pilares sociales aparecen por iniciativa propia en base a necesidades existentes y en otros casos como válvula de escape de un sistema productivo que empuja a ello tanto por acción como por omisión. Los bancos en Ecuador y las regulaciones alimentan la rueda extractivista apoyándose en intereses asfixiantes de alrededor del 20% para créditos hipotecarios a modo de chulqueros institucionalizados. Suculento beneficio que nadie está dispuesto a perder alimentando la rueda rentista. De acuerdo con Stratford, (2020), controlar el poder de las personas rentistas es una condición previa para imponer límites estrictos al uso de recursos sin daño social. Para ello, se crean alternativas complementarias al sistema privado (Velecela, 2017). De acuerdo con la Tabla 2, Legislación EPS, se muestra un resumen de la normativa sobre legislación para el Fomento y Fortalecimiento de la Economía Popular y Solidaria existente. Al incluir el resumen histórico sobre las actividades y año correspondiente de la legislación de la EPS se evidencia de igual modo el impulso a partir del año 2009 en favor de los procesos de economía social circunstancia consustancial a un gobierno de mayor compromiso ecosocial.

Tabla 2

Legislación EPS

Normativa

Año

Artículo

Descripción especifica

Ley de Fomento y Desarrollo Agropecuario

1979

El estado también dará atención prioritaria a las Asociaciones jurídicas de pequeños productores agropecuarios

Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero

1974

7

Fomento al sector pesquero y a las asociaciones de armadores organizadas

Reglamento del Régimen Especial de Pequeña Minería

2009

44

La Empresa Nacional Minera podrá celebrar contratos con Organizaciones de la EPS o constituir asociaciones con personas que hagan actividades de minería artesanal

Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización

2010

4

Impulsar actividades de la Economía Popular y Solidaria

Ley Orgánica y Reglamento de la Economía Popular y Solidaria

2011

2; 4; 8

Determina quienes están amparados por esta Ley; principios de las organizaciones; quienes conforman la EPS

Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado

2011

29

Apoyo para impulsar también producción de la Economía Popular y Solidaria

Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones

2013

4

Democratizar el acceso a los factores de producción con énfasis a la EPS e impulsar la responsabilidad social en MIPYMES.

Ley de Minas

2014

137

El Estado también considera a las asociaciones de la EPS para promover el desarrollo minero en la figura de pequeña minería, prevaleciendo destacando el principio de Responsabilidad Social.

Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica

2015

10

El sector eléctrico en el ámbito empresarial también actuara a través de empresas y Asociaciones de la EPS

Reglamento a la Supresión de Tercerización e Inmediación Laboral

2015

2; 4

Venta de servicios complementarios (vigilancia, seguridad, alimentación, mensajería y limpieza) desde la Asociaciones al sector publico

Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales

2016

22; 85

Derecho a la tierra para el sector asociativo

Reglamento a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero

2016

1.3

Las Asociaciones pesqueras se definen como parte del grupo de armador artesanal

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Publica

2016

25

Para la contratación bienes, obras y servicios se preferirá a los actores de la EPS

Reglamento a la Ley Orgánica Sistema Nacional de Contratación Publica

2016

16

El SERCOP establecerá criterios de preferencia en la compra publica para la EPS (Resoluciones 25 y 99) – Ferias Inclusivas y Catalogo Dinámico Inclusivo

Fuente: elaboración propia.

El establecimiento de la economía popular y solidaria en el Ecuador se ha moldeado con el pasar de los años, en el caso de las cooperativas de ahorro y crédito tuvieron la transición del Ministerio de Inclusión Económica y Social hacia la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, de la misma manera su legislación, por un lado en el año 2011 se promulga la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, pero en el año 2014 se crea el Código Orgánico Monetario y Financiero-COMF que uno de sus objetivos es «Fomentar, promover y generar incentivos a favor de las entidades de la Economía Popular y Solidaria»; así también establece la creación de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera-JPRMF que está integrada por los ministros de economía y finanzas públicas, de planificación, un ministro delegado por presidencia; en donde claramente no se cuenta con un representante del sector de la EPS, únicamente para dar el criterio con voz pero sin voto participa el Superintendente de la EPS (CORMF, 2014, art. 3, 14).

Dentro de las funciones de la JPRMF tiene la responsabilidad de emitir el marco regulatorio de gestión, solvencia y prudencia; así como establecer niveles de reserva de liquidez, liquidez doméstica, patrimonio, patrimonio técnico riesgos de los activos. Además, le corresponde también establecer la segmentación del sector financiero popular y solidario (CORMF, 2014, art. 14). Es así como de a poco las cooperativas de ahorro y crédito se fueron comparando con la banca privada. En las regulaciones de ese entonces por la JPRMF se establece el tratamiento al sistema financiero nacional incluido el de la economía popular y solidaria; en el cual este último empezó a ser tratado como a banca tradicional pero a pequeña escala, exigiéndole se cumplan criterios iguales a los bancos pero con diferencia porcentual inferior.

Otro cambio que surge con la inclusión de las organizaciones del sector financiero en el código con las modificaciones en el 2014 es la eliminación del artículo 89 de la LOEPS, en el que manifiesta que las Cooperativas de Ahorro y Crédito (COACS) pueden abrir sucursales o agencias en el territorio nacional basándose en «un estudio de factibilidad que incluya un análisis de impacto económico geográfico con relación a otras existentes previamente, con la finalidad de salvaguardar las instituciones locales»; en el CORMF en el artículo 200 habla sobre la apertura de oficinas que observarán la territorialidad para su apertura y deben tener una autorización del órgano de control, para el caso de las COACS de la SEPS. En la resolución 0368 del año 2021 (SEPS, 2021) sobre la apertura de oficinas se manifiesta que es decisión del consejo de administración de la cooperativa y entre los requisitos que exige la SEPS se encuentra que debe cumplir los niveles de patrimonio técnico y solvencia permitidos, así como los porcentajes de provisiones de los activos de riesgos. Lo cual deja de lado las afectaciones a las instituciones locales de su misma naturaleza; es decir a las COACS de la competencia. Estos cambios implican que las cooperativas deben sostenerse económica y financieramente al igual que un banco privado para crecer territorialmente y se destruyen las concepciones por las cuales fueron creadas transformándose de facto en empresas que compiten por alcanzar mayor mercado con su ampliación en otros territorios; induciéndose a ser parte de la economía de mercado perdiendo el horizonte de la visión social y solidaria.

La legislación ha permitido que las COACS se trasladen a otros territorios a competir con las mismas COACS y en cierta manera obligarlas a ser competitivas que según la lógica ortodoxa así es como deben funcionar las empresas pervirtiendo su objeto social. Unos son peces, otros son tiburones y el más grande es el que sobrevive. Para el caso de apertura de ventanillas de extensión de servicios, oficinas temporales y puntos móviles es más sencillo, deben cumplir con los requisitos de apertura de oficinas y lo harán por cuenta propia sin necesidad de la autorización de la SEPS. No cabe duda que las regulaciones para las COACS se han acentuado en otros campos como la normativa emitida por la SEPS en el año 2022 sobre controles para la administración del riesgo ambiental y social. Lo cual implica contar con una política de administración del riesgo ambiental y social; así como normas ambientales nacionales y estándares internacionales y las metodologías para aplicar en las actividades económica financiadas por la COAC. La implementación del Sistema de Riesgos Ambientales y Sociales (SARAS) debe cumplir ciertos requisitos mínimos, entre ellos excluir el financiamiento de actividades que no cumplan con la política del sistema, contar con personal capacitado y la asignación de recursos para invertir en infraestructura, metodología y personal que conozca y aplique la normativa en la COAC sobre dichas temáticas (SEPS, 2022, art. 5, 6).

El SARAS debe ser implementado por todas las COACS del segmento 1 y 2 en el plazo de 9 meses; segmento 3 en 12 meses; segmento 4 y 5 en 24 meses; en enero del 2023 deben presentar un cronograma para el cumplimiento de la norma (SEPS, 2022). Esta normativa causa malestar en las instituciones financieras del sector popular y solidario, posiblemente las más grandes tengan los recursos para hacerlo, pero las más pequeñas entrarán en aprietos.

A) Supervisión COACS base legal

Las COAC son reconocidas con personería jurídica al cumplir determinados requisitos, su complimiento constituye la supervisión. Las leyes y normativas que rigen en cada país son los garantistas de derechos; sin embargo, se ha observado diferentes actitudes de los estados, hacia las cooperativas de acuerdo con sus respectivos regímenes políticos, yendo desde una posición indiferente hasta un marcado intervencionismo (Cracogna, 2003), por lo que el alcance de la supervisión y su intensidad varían. Las funciones de supervisión han dirigido sus esfuerzos al progreso económico y social, considerando a las cooperativas como agentes de desarrollo; por lo que se ven obligadas a cumplir con las leyes y regulaciones de cada país y presentar información clara, transparente y confiable. En América Latina se pueden reconocer tres grupos de supervisión y base legal que regula las Cooperativas de Ahorro y Crédito. De acuerdo con la Tabla 3, Bases legales para la supervisión COAC, se permite conocer que en 19 países de América Latina las bases legales para supervisión y regulación de las cooperativas de ahorro y crédito varían. En el grupo 1 los países no son sujetos de fiscalización por parte de una Superintendencia Bancaria, Superintendencia Financiera o un Banco Central y sólo existen disposiciones generales establecidas en las leyes cooperativas; En el grupo 2 las Cooperativas de Ahorro y Crédito son reguladas básicamente en la ley bancaria, aun con la existencia de leyes cooperativas que pasan a segundo plano, mientras que en el grupo 3 se evidencia una mayor rigurosidad puesto que en estos países a más de las leyes cooperativas, agregan leyes o decretos especiales para Cooperativas de Ahorro y Crédito y mantienen un estrecho vínculo con la Superintendencia de Bancos.

Tabla 3

Bases legales para la supervisión COAC

Grupos

Países Latinoamérica

Regulados por SB/SF O BC

Leyes Cooperativas

Leyes o decretos especiales para las COAC

1

Guatemala
Nicaragua
Panamá
Republica Dominicana
Venezuela

No

No

2

Argentina
Bolivia
Perú
Uruguay

No

3

Brasil
Bolivia
Colombia
Costa Rica
Chile
Ecuador
El Salvador
Honduras
México
Paraguay

Fuente: elaboración propia a partir de Arzbach & Durán, 2021.

El régimen político de cada país es evidente, en los distintos organismos de supervisión. Su marcada injerencia ha sido motivo de permanente preocupación teórica y práctica, por la superposición de funciones, falta de coordinación y unidad de criterio en sus actividades. El interés por proteger los capitales de los depositantes, ha ocasionado que cada vez se creen más leyes, reglamentos y poco a poco se pierda la esencia del cooperativismo. La necesidad de incrementar esfuerzos y crear sistemas financieros latinoamericanos sanos, sólidos, solventes y sobre todo confiables han encaminado a las COAC a creer en un falso el «sello de confianza de la Superintendencia» (Arzbach, 2021). Encontrando que en algunos países de América Latina se muestra una amplia convergencia hacia la banca tradicional; en otros conservan su carácter especial.

B) Adquisición de derechos por las COACS

Las limitaciones impuestas hacia las COAC que no son reguladas por la Superintendencia de Bancos no permiten una equiparación en el Sistema Financiero, por lo que podrían ser interpretadas como una discriminación y una violación del principio de competencia en iguales condiciones. La regulación de la Superintendencia de Bancos genera una engañosa confianza a los socios de las COAC desde el punto de vista de personalidad jurídica con ello además las COAC enfrentan restricciones fuertes y casi inalcanzables. El proceso de inclusión al mercado financiero regulado tiende a ser exigente. Esta regulación se convierte en el único camino para adquirir derechos frente a bancos centrales tales como: ofertar cuentas corrientes, emisión de tarjetas de crédito, operaciones de mercado abierto, acceso a facilidades de refinanciamiento, entre otras. Esta regulación genera obligaciones con el fin de igualar condiciones de competencia dentro del mercado financiero, aportan confianza, estabilidad, creación de nuevos productos financieros, soluciones externas y oportunidad de crecimiento. Sin embargo, la supervisión no es garante de sistemas financieros, sanos y estables, recordemos las crisis bancarias vividas en América Latina en los años 80 y 90, en donde muchos bancos quebraron, por el descuido de los organismos de control que los regulaban. Las COAC se ven fortalecidas con esta crisis financiera siento una alternativa para los cuenta ahorristas, produciendo la apertura sin control de una gran cantidad de cooperativas.

C) Sobre la fiscalización de las COACS

Las funciones atribuidas por ley o por reglamento a los entes de fiscalización son generalmente amplias, permitiéndoles realizar inspecciones; exigir la exhibición de libros y registros; requerir información; asistir a las asambleas o convocarlas; vigilar la liquidación; impedir el uso indebido del nombre «cooperativa» y, en general, velar por el cumplimiento de la legislación cooperativa y sus reglamentos (Cracogna, 2003). Una regulación y supervisión efectiva de COAC comienza con una adecuada base legal (Arzbach, 2021). Los institutos de cooperativas son los llamados a velar por el cumplimiento de leyes de índole general, aunque se observa cierta tendencia hacia una supervisión especializada. Para lograr una buena supervisión a través de un organismo diferente, se requiere de una clara separación de funciones con carácter técnico no político. La intervención del Estado en la estructura financiera de las COAC a disminuido el círculo de autorregulación. El tamaño y la dispersión geográfica de las COAC puede constituir un reto presupuestario. El frecuente «rechazo» de las Superintendencia de Bancos por parte de muchas COAC se debe al hecho de que pocos supervisores diferencian el control de COAC adecuadamente al interior de la institución, sino que «reparten» cooperativas entre los diferentes grupos (equipos) de supervisores bancarios. Tampoco diferencian normativas, debido a que las COAC se ven como algo «diferente» de la banca tradicional, lo cual amerita un tratamiento diferenciado. El respeto de la autonomía de las cooperativas no implica la desaparición o eliminación total de su supervisión por parte del Estado.

D) Sobre la liquidación de las COACS

El cuadro normativo con el que operan las COAC, pretende ser la garantía del cumplimiento de leyes y reglamentos que las regulan; asegurar la consistencia de su patrimonio colectivo, mejorar sus niveles de gestión, normalizar su administración y, o verificar el mantenimiento de la identidad del sector (Müller, 2006). En base a la información de la (Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, 2022), en el Ecuador existen 88 Cooperativas de Ahorro y Crédito en liquidación. La génesis de estos procesos, recae en la supervisión bancaria, así como es la escasez de procedimientos estándares, mismos que son relativamente nuevos y se basan únicamente en el empirismo de sus gestores. La supervisión transfronteriza ha ocasionado que la región sierra concentre el 85% de COAC en liquidación, la mayoría de estas entidades pertenecen al segmento 5 es decir cuyos activos son menores al millón de dólares.

Los procesos de liquidación deberían ser entendidos como elemento para fomento y fortalecimiento del sistema financiero nacional (Cardoso, 2019); más sin embargo la extinción de estas COAC arrastra con ello la pérdida de recursos físicos, financieros, humanos, mercadológicos y administrativos. La otra cara de la extinción se refleja en cifras de desempleo, incremento de las brechas de pobreza, desigualdad y la exclusión social. Para Müller, (2006) la supervisión ejercida por las autoridades bancarias no es eficiente y de ningún modo garantiza sus resultados. En los últimos años los procesos de liquidación han ocasionado que la participación de las organizaciones del sector financiero popular y solidario reduzca su participación en el mercado, pese al incremento de activos y captación de socios en estas instituciones. El principal objetivo que tienen los liquidadores es dar por terminado las operaciones de la Cooperativa, hacer efectivo los activos de la Institución mediante la venta o enajenación de bienes, de tal forma que el activo neto sea distribuido de forma justa. entre los acreedores conforme a la ley. El origen de liquidación en el Ecuador recae en temas internos de las organizaciones representado por el 91.35%, el porcentaje evidencia, que aplicar los mismos criterios y mecanismos de supervisión de entidades bancarias hacia cooperativas no es lógico, por su naturaleza distinta. En la esencia de las COAC se fomentan actos de cooperativismo mas no actos mercantiles, por lo que para sus criterios de evaluación se debería considerar el cumplimiento de los principios cooperativos.

Las COAC fortalecen el desarrollo local y la inclusión social, así como el incremento de la identidad y la participación de personas en los procesos de producción y distribución siendo la mayor democracia en la economía (Garcia & Fernàndez, 1999). Por tal motivo la extinción de las COAC debería ser la última opción o utilizarla de manera extrema cuando se violen los derechos de los socios. Desde las finanzas solidarias la supervisión actuaria para apoyar el crecimiento de las organizaciones y velar por su permanencia en los mercados. Bajo la lógica de los principios de la EPS, la normativa debería precautelar y garantizar la subsistencia de la estructura financiera. El impacto socio económico de la liquidación de las COAC, recae en la población ecuatoriana, reflejada en el desempleo, pobreza, falta de oportunidades y en una amplia brecha de desigualdades. Las limitantes para la aplicación de una normativa integral con principios económicos sociales y solidarios, recaen en las perspectivas diferentes manejada por los gobiernos y los actores de la EPS. Para ello es fundamental tener presente que las organizaciones populares de ahorro y crédito son organizaciones de personas y no de capital (Cardoso, 2019). A pesar de todo existe la necesidad de la implantación de políticas que garanticen las buenas prácticas cooperativas, con un enfoque humano pues de ellos dependen la calidad o el fracaso de este sector.

5. Conclusiones

La supervisión de las COACS debe enfocarse en fortalecer el sector cooperativo brindando solidez y confianza a sus depositantes, sin embargo, en la actualidad se ha convertido en un limitante puesto que de su cumplimiento depende la adquisición de derechos financieros. El ineficiente y redundante control de instituciones como la Superintendencia de Bancos conlleva a la pérdida de la estructura de economía social y solidaria siendo cuestionable este parámetro al tomar al depositante como consumidor al imponer una cuota mínima a cumplir travistiendo su objeto social. Con ello se evidencia la involución de los procesos de control al no incorporar de manera endógena los principios de la economía social y solidaria en las disposiciones de la Superintendencia de Bancos. El temor a la supervisión se presenta de manera anacrónico ya que debería ser entendido como un mecanismo de apoyo que garantice el fortalecimiento de finanzas sólidas, sanas y confiables y no como un factor de competitividad despiadada que acabe con la eliminación de las propias COACS al imponer obligatoriedades que deberían ser accesorias como la gestión ambiental permanente en cada oficina, que más allá de ser necesaria, se impone un alto coste su despliegue repercutiéndolo a los propios cooperativistas que ya cumplen de sobra con todo tipo de legislación ambiental en el país.

En Ecuador las COACS cada vez más se asemejan a la banca tradicional. Se enfrentan a procesos de liquidación forzosa además de generar un consustancial aumento de desempleo debido a la competencia desleal existente entre ellas y contra la banca tratando ilógicamente de competir con sus mismas armas. Su debilitamiento deliberado desde el poder ejecutivo produce crecimiento de las brechas de pobreza, aumento de desigualdad y exclusión social además de limitar el acceso de oportunidades a las particularidades más alejadas de la rentabilidad. La competencia despiadada entre dos sistemas que debería coexistir como son la banca tradicional y las COACS produce una normalización de la oferta de servicios financieros en algunas localidades, deficiente estructura y débiles conocimientos de la EPS además de las lógicas falencias internas y conflictos de intereses entre cooperativas. De ahí la necesidad de implementar herramientas y normativas que diferencien los procesos de supervisión con la finalidad de garantizar la permanencia del sector cooperativo en el mercado financiero. Una supervisión adecuada es la base para la construcción de un sistema económico social y solidario el mismo que debe interiorizar que las COACS las integran seres humanos, es decir, el principal fin de la economía social y por ningún motivo deben ser consideradas como generadores de capital, cuotas para el cumplimiento de montos, activos o requisitos.

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7. Anexos

Anexo 1: Cooperativas de Ahorro y Crédito - Segmento 1

Entidades

Activos (05/2022)

Índice Herfindahl Hirschman

Millones de dólares

Porcentaje

Juventud Ecuatoriana Progresista Limitada

2.976.331.132

16,410

269,288100

Policía Nacional Limitada

1.457.050.031

8,040

64,641600

Jardín Azuayo Limitada

1.348.941.080

7,440

55,353600

Alianza del Valle Limitada

1.158.790.600

6,390

40,832100

Cooprogreso Limitada

1.076.436.474

5,940

35,283600

29 de Octubre Ltda.

820.077.910

4,520

20,430400

Oscus Limitada

603.020.676

3,330

11,088900

San Francisco Ltda.

576.047.941

3,180

10,112400

Andalucía Limitada

532.710.772

2,940

8,643600

De la Pequeña Empresa de Cotopaxi Limitada

484.332.941

2,670

7,128900

Mushuc Runa Ltda.

472.781.693

2,610

6,812100

Riobamba Ltda.

425.557.859

2,350

5,522500

De la Pequeña Empresa Biblián Limitada

400.970.448

2,210

4,884100

23 De Julio Limitada

396.379.923

2,190

4,796100

Atuntaqui Limitada

393.570.979

2,170

4,708900

Fernando Daquilema Limitada

393.092.330

2,170

4,708900

Vicentina Manuel Esteban Godoy Ortega Limitada

383.598.887

2,120

4,494400

Chibuleo Limitada

346.267.473

1,910

3,648100

Pablo Muñoz Vega Limitada

340.374.298

1,880

3,534400

Tulcán Limitada

330.583.352

1,820

3,312400

El Sagrario Ltda.

265.385.123

1,460

2,131600

Ambato Ltda.

249.321.008

1,370

1,876900

De La Pequeña Empresa de Pastaza Limitada

237.263.967

1,310

1,716100

San José Limitada

225.199.166

1,240

1,537600

Cámara de Comercio de Ambato Ltda.

220.426.032

1,220

1,488400

De los Servidores Públicos Del Ministerio de Educación y Cultura

214.988.014

1,190

1,416100

Pilahuin Tío Limitada

212.992.363

1,170

1,368900

Kullki Wasi Ltda.

209.342.572

1,150

1,322500

Crea Limitada

199.872.104

1,100

1,210000

Erco Limitada

196.160.778

1,080

1,166400

Santa Rosa Limitada

187.506.379

0,010

0,000100

Once De Junio Ltda.

142.555.137

0,008

0

Comercio Ltda.

117.553.428

0,006

0,000064

La Merced Limitada

116.885.473

0,006

0,000036

15 de Abril Ltda.

110.118.795

0,006

0,000036

Padre Julián Lorente Ltda.

108.337.157

0,006

0,000036

Alfonso Jaramillo León Caja

106.433.828

0,006

0,000036

Chone Ltda.

95.779.024

0,005

0,000036

Total, Segmento I

18.133.037.145

100,000

584,460000

Fuente: elaboración propia a partir de información de la Superintendencia de EPS (SEPS, 2022).

Anexo 2: Bancos Privados de Ecuador

Entidades

Activos (05/2022)

Índice Herfindahl Hirschman

Millones de dólares

Porcentaje

BP Pichincha

13.838.004.583,00

26,24

688,538

BP Pacifico

7.062.068.128,00

13,39

179,292

BP Produbanco

6.315.196.015,00

11,98

143,520

BP Guayaquil

6.535.646.597,00

12,39

153,512

BP Internacional

4.457.062.104,00

8,45

71,403

BP Bolivariano

4.483.221.920,00

8,50

72,250

BP Diners

2.266.540.473,00

4,30

18,490

BP Austro

2.451.073.182,00

4,65

21,623

BP General Rumiñahui

1.021.516.869,00

1,94

3,764

BP Solidario

816.351.560,00

1,55

2,403

BP Machala

984.303.667,00

1,87

3,497

BP Loja

720.887.922,00

1,37

1,877

BP Procredit

586.927.827,00

1,11

1,232

BP Amazonas

286.042.019,00

0,54

0,292

BP Coopnacional

209.108.851,00

0,40

0,160

BP Bancodesarrollo

240.339.978,00

0,46

0,212

BP D-Miro S.A.

110.068.370,00

0,21

0,044

BP Finca

82.615.523,00

0,16

0,026

BP Visionfund Ecuador

95.210.056,00

0,18

0,032

BP Comercial de Manabí

61.238.906,00

0,12

0,014

BP Litoral

40.016.741,00

0,08

0,006

BP Delbank

32.105.896,00

0,06

0,004

BP Capital

38.779.119,00

0,07

0,005

TOTAL BANCOS PRIVADOS

52.734.326.306,00

100,00

1362,194

Fuente: elaboración propia a partir de información de la Superintendencia de Bancos (SB, 2022.


[1] E-mail: arturo.luque@utm.edu.ec. ORCID ID: https://orcid.org/0000-0002-4872-891X. Universidad Técnica de Manabí, Ecuador & Observatorio Euromediterráneo de Espacio Público y Democracia URJC, Spain.

[2] E-mail: vanessa.merino@utm.edu.ec. ORCID ID: https://orcid.org/0000-0001-8535-4569. Universidad Técnica de Manabí, Ecuador & Observatorio Euromediterráneo de Espacio Público y Democracia, Spain.

[3] E-mail: marialdasvargas@gmail.com. ORCID ID: https://orcid.org/0000-0001-7612-2299 Universidad Técnica de Manabí, Ecuador

[4] «Sumak significa lo ideal, lo hermoso, lo bueno, la realización; y Kawsay, es la vida, en referencia a una vida digna, en armonía y equilibrio con el universo y el ser humano. En síntesis, el Sumak Kawsay significa la plenitud de la vida» (Kowii, 2014, p. 168)

[5] European Physical Journal ST, en su Vol. 225 Nº 17-18 de diciembre de 2016, ha dedicado un monográfico sobre la posibilidad de contemplar la economía como una ciencia física —econofísica—, evidenciando sus diferencias mediante injerencias humanas.

 

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