La alternativa cooperativa en la prestación de servicios públicos sostenibles
Resumen
De acuerdo con la Declaración de Identidad Cooperativa aprobada en el año 1995 por la Asamblea General de la Alianza Cooperativa Internacional, la cooperativa puede definirse como una asociación autónoma de personas unidas voluntariamente para hacer frente a necesidades y aspiraciones comunes a través de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada, regida por un sistema singular de principios y valores. En el presente trabajo, se analiza la instrumentalización jurídica de la colaboración del cooperativismo en la prestación de servicios públicos como estrategia para su mejoramiento, en la que cobra especial importancia el séptimo principio cooperativo, que aboga por que estas entidades trabajen en pro del desarrollo sostenible de sus comunidades con arreglo a las políticas adoptadas por sus socios.
Recibido: 7 marzo 2018
Aceptado: 22 mayo 2018
Publicación en línea: 24 julio 2018
Descargas
Citas
ÁLVAREZ RODRÍGUEZ, Juan Fernando. 2012. «El futuro de la economía social». En: Fajardo García, Gemma, y Senent Vidal, María José. Economía social: identidad, desafíos y estrategias. RULESCOOP, Valencia: 405-412.
ARGUDO PÉRIZ, José Luis. 2007. «Las cooperativas sin ánimo de lucro: ¿vuelta a los orígenes o respuesta a las nuevas necesidades sociales?». Revista Vasca de Economía Social, núm. 3: 179-201.
ARNÁEZ ARCE, Vega María. 2014. «La participación ciudadana en la prestación de servicios públicos. El supuesto de las cooperativas de utilidad pública en la Comunidad Autónoma del País Vasco». REVESCO. Revista de Estudios Cooperativos, núm. 116: 7-32.
ATXABAL RADA, Alberto y Arnáez Arce, Vega María. 2013. «Las cooperativas de utilidad pública e iniciativa social. Aspectos administrativos y fiscales». Boletín de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo, núm. 47: 199-228.
BURZACO SAMPER, María. 2016. «Contrataciones públicas socialmente responsables: la necesidad de reconsiderar el potencial de la contratación pública en la consecución de objetivos sociales». CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa, núm. 86: 281-310.
Consejo Económico y Social Vasco. «Comunidad Autónoma del País Vasco. Memoria socioeconómica 2015»: http://www.cesegab.com/Portals/0/Libros/MSE2015.pdf (Última consulta, 27 de enero de 2017).
DIVAR GARTEIZ-AURRECOA, Javier. 2010. «Las cooperativas ante la crisis económica». Boletín de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo, núm. 44: 263-283.
GADEA SOLER, Enrique, Sacristán Bergia, Fernando, y Vargas Vasserot, Carlos. 2009. Régimen jurídico de la sociedad cooperativa del siglo XXI. Realidad actual y propuestas de reforma. Dykinson S.L., Madrid.
GALLASTEGI ORMAETXEA, Itxaso. 2016. «El modelo subvencional para el fomento del cooperativismo, a debate». Comunicación presentada en el XVI Congreso de Investigadores en Economía Social y Cooperativa «Economía Social: crecimiento económico y bienestar» organizado por CIRIEC-España y celebrado en Valencia los días 19-21 de octubre de 2016.
GARCÍA ARÉJULA, Jesús María y Bakaikoa Azurmendi, Baleren. 2016. «Contratos públicos adjudicados a sociedades cooperativas en el País Vasco entre 2010 y 2012». REVESCO, Revista de Estudios Cooperativos, núm. 120: 76-98.
GIMENO FELIÚ, José María. 2016. «Un paso firme en la construcción de una contratación pública socialmente responsable mediante colaboración con entidades sin ánimo de lucro en prestaciones sociales y sanitarias». Observatorio de Contratación Pública, opiniones, núm. 232, de 9 de febrero de 2016: http://www.obcp.es/index.php/mod. opiniones/mem.detalle/id.232/relcategoria.208/relmenu.3/chk.faf01cea691c17e6c632c328db10de0f (Última consulta, 25 de enero de 2017).
GIRALDO NEIRA, Octavio. 2003. Identidad, valores y principios cooperativos. Análisis y significados de la Declaración de la Alianza Cooperativa Internacional. Cali.
JULIÁ IGUAL, Juan Francisco y Meliá Martí, Elena. 2014. «El futuro del cooperativismo en una Europa en construcción». En: VVAA. El futuro de las cooperativas en una Europa en crecimiento. CIRIEC-España, Valencia: 13-60.
MERINO, Santiago. 2016. «Posibilidades del cooperativismo en un nuevo modelo de servicios públicos sociosanitarios y su concreción en el País Vasco», CIRIEC-España, Revista de Economía Pública, Social y Cooperativa, núm. 87:139-176.
MORILLAS JARILLO, María José. 2008. Las sociedades cooperativas. Iustel, Madrid.
PALOMAR OLMEDA, Alberto. 2010. «Simplificación administrativa». En: La ordenación de las actividades de servicios: comentarios a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre. Quadra-Salcedo Fernández del Castillo, Tomás (Dir.). Aranzadi, Cizur Menor: 338-345.
Última actualización: 29/06/2026
Se recomienda a las personas autoras que lean atentamente sus derechos. Creemos que este enfoque garantiza un acuerdo justo para ambas partes. Estas instrucciones se leen conjuntamente con el Código Ético y la Política de Acceso Abierto, Licencia y Derechos de Autor/a de la revista "Boletín de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo (BAIDC)".
1. Autoría y Ética
Al entregar sus manuscritos al Boletín de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo (BAIDC), los/las autores/as aceptan y se comprometen a cumplir las condiciones de publicación sin necesidad de firmar un documento de cesión adicional con la Editorial (Universidad de Deusto). Con ello, garantizan que su trabajo es inédito en cualquier forma, original y que no vulnera el Código Ético de BAIDC ni derechos de terceros, y que no se han otorgado ni se otorgarán licencias que resulten incompatibles con los derechos concedidos a la Editorial.
Los/las autores/as asumen la responsabilidad total y exclusiva sobre el contenido de su estudio y declaran formalmente no tener conflictos de interés que afecten la integridad de la investigación.
2. Derechos de la Editorial
Al enviar el manuscrito, los/las autores/as aceptan su publicación bajo la licencia Creative Commons CC BY-NC-ND 4.0. En consecuencia, conceden a la Editorial el derecho exclusivo, gratuito y universal para la primera publicación, edición, maquetación y explotación de la obra. Esta concesión autoriza a la Editorial a distribuir, sublicenciar e indexar el trabajo en cualquier formato, medio, base de datos o repositorio institucional, con fines de promoción y difusión científica.
3. Derechos de autores/as
Los/las autores/as conservan la propiedad intelectual de su obra y retienen el derecho a distribuir y utilizar su trabajo para fines docentes, investigación futura o archivo personal, siempre que se cite la publicación original en la Revista. Se les permite además la publicación posterior en otros medios, siempre que se incluya una nota a pie de página con la referencia completa de BAIDC (incluyendo el DOI, si está disponible) y no se sugiera el respaldo explícito de la Revista y/o Editorial.
4. Acceso abierto
BAIDC es una revista de acceso abierto; lo que significa que es de libre y total acceso en su integridad inmediatamente después de la publicación de su contenido. No obstante, de acuerdo con la licencia arriba mencionada, se debe citar siempre a los/las autores/as de los artículos. Tanto su uso comercial como cualquier modificación que se pretenda distribuir requerirán el permiso expreso previo por escrito de quien sea titular de los derechos.
Véase la sección “Política de Acceso Abierto, Licencia y Derechos de Autor/a” para más información.
.jpg)
.jpg)
.jpg)
.jpg)
.jpg)
.jpg)


